La aportación de WhatsApp en un procedimiento judicial

Penal | 0 Comentarios

Hoy en día las tecnologías juegan un importante rol en la vida de las personas, pues es a través de ellas donde nos relacionamos con las personas (parejas, familiares, amig@s…), quedando obsoletos otras formas de comunicación como el envío de cartas, telegramas o incluso una simple llamada de teléfono.

Sobre todo, la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp se ha convertido en la fuente de comunicación más frecuentey habitual.

Pero, ¿qué pasa cuando queremos aportar información que obra en esta aplicación a unprocedimiento judicial como medio de prueba? ¿Vale todo?

La cuestión es compleja, debido a que, el contenido o información que se transmite endicha aplicación puede ser manipulada y por tanto verse alterada, lo que implica que dicha prueba puede ser impugnada e incluso nula.
La sentencia del TS 300/2015 de 15 de mayo analiza todas estas cuestiones, matizando que, ante la impugnación de la autenticidad de las conversaciones en la aplicación de mensajería y dada la posible manipulación de los archivos de la aplicación, debe de hacerse una pericial sobre la misma que corrobore la autenticidad de dicha prueba:
· Cuáles son losinterlocutores, origen de la comunicación e integridad del propio contenido.

Por lo tanto, ¡OJO! La prueba “WhatsApp”, puede no resultar una prueba fehaciente en un proceso judicial, por lo que deben de adoptarse ciertas cautelas, entre otras, como digo, la pericial, para lograr demostrar aquello que queremos probar con la aportación de dicha prueba.